Residencia para Profesionales Altamente Cualificados 

Sus tramites en buenas manos

Residencia para profesionales altamente Cualificados:

La residencia temporal y trabajo inicial de Profesionales Altamente Cualificados, es una autorización que permite al trabajador extranjero, desempeñar una actividad laboral que requiera una cualificación de enseñanza superior. 

Se puede tramitar desde el país de residencia del solicitante, como en territorio español. 

Dirigida a:

1. Profesionales que desarrollen actividades en posiciones técnicas y especializadas.
2. Profesionales en un puesto directivo, que dirijan un grupo grande dentro de una empresa.
3. Aquellos que finalicen sus estudios de enseñanza superior o excepcionalmente, acrediten un mínimo de tres años de experiencia profesional.

Requisitos generales:

Título universitario o Escuela de Negocios de Reconocido Prestigio, documentación acreditativa de la empresa solicitante, contrato de trabajo con un salario superior a 40.077 euros anuales; si se trata de Directores o Gerentes, dicha cantidad deberá ser de al menos 54.142 euros.

 

Duración:

Autorización de residencia: cuando el solicitante se encuentra legalmente en España, obtendrá un permiso de 3 años o de la duración del contrato si fuese menor, para residir y trabajar en todo el territorio nacional.

Permite reagrupar a familiares?

Sí.

Computa para nacionalidad española?

Sí.

* Los requisitos podrán variar dependiendo del caso.

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Preguntas Frecuentes

Se trata de una autorización de residencia temporal y trabajo para Profesionales Altamente Cualificados extranjeros que residan fuera de España o dentro del país en situación regular. Pensada específicamente para aquellos trabajadores que: 

  • Vayan a desempeñar una actividad laboral o profesional estando en posesión de una titulación de estudios que en España sea equiparable a Técnico Superior. 
  • En caso de contar con dicha formación o enseñanza superior, se podrá acreditar que se dispone de una experiencia profesional mínima de tres años.

La característica más importante de este procedimiento es que la solicitud e inicio del trámite lo realiza la empresa o entidad contratante. Puede efectuarse tanto si el profesional se encuentra en España (en situación regular), como fuera del país. Eso sí, con este tipo de Autorización de Residencia, el profesional deberá trabajar exclusivamente para la empresa solicitante. Es importante mencionar que la solicitud de visa para profesionales altamente cualificados debe presentarse ante la unidad de grandes empresas y Colectivos Estratégicos (UGE) como parte del proceso.

Para la concesión de Autorización Inicial de Residencia Temporal y Trabajo de Profesional Altamente Cualificado es necesario: 

Por parte del Profesional Altamente Cualificado Extranjero: 

  • Encontrarse de forma regular en territorio español (también podrás realizar el trámite desde tu país de origen). 
  • No ser ciudadano o familiar de ciudadanos de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. 
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en países con los que España tenga firmado convenio. 
  • Carecer de antecedentes penales por delitos previstos en el ordenamiento español (tanto en los países de residencia de los último cinco años, como en España). 
  • Abonar las tasas pertinentes de tramitación de la Autorización de Residencia Temporal y la relativa a la Autorización de Trabajo. 
  • Tener la capacitación y cualificación profesional exigida legalmente para ejercer. 

Ten en cuenta que, en el caso de títulos extranjeros, será necesario que estén homologados 

Por parte del Empleador: 

  • Presentar un contrato de trabajo firmado por ambas partes garantizando al trabajador: 
  • La actividad continuada durante la vigencia de la autorización. 
  • Condiciones ajustadas a la normativa vigente y a el convenio colectivo aplicable a la actividad, categoría y localidad de la profesión a desempeñar. 
  • Un salario bruto anual superior a 1,5 veces el salario medio de la profesión a desempeñar. 
  • Contar con medios económicos, personales o materiales suficientes para hacerse cargo de sus obligaciones empresariales y frente al trabajador. 
  • Encontrarse inscrito en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. 
  • Estar al corriente del cumplimiento de todas sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. 

Como mencionamos anteriormente, la oferta de empleo que el extranjero reciba debe cumplir con un salario mínimo que será rigurosamente evaluado por la UGE.  Si este requisito no se cumple, la institución considerará que el profesional no posee el nivel de cualificación requerido y, en consecuencia, rechazará la solicitud de manera directa. 

El salario necesario varía según el grupo de ocupación dentro del Código Nacional de Actividades Económicas registrado en la Seguridad Social. Para ello, existen dos opciones: 

Opción 1: Para directivos o gerentes , el salario mínimo anual requerido es de 54.142. 

Opción 2: Para técnicos y profesionales científicos e intelectuales , se exige un salario anual mínimo de 40.077 € como punto de partida. 

Sin embargo, hay dos circunstancias particulares en las que el salario requerido puede ser menor. En estos casos, es posible aplicar una reducción del 0,75% si: 

1. La solicitud de autorización de residencia es presentada por una PYME que opera en un sector estratégico. Esto significa que el trabajador comienza a laborar en una empresa de esta índole. 

2. El solicitante del visado es un profesional joven menor de 30 años de edad, siendo el salario requerido de 30.500  € 

Tanto el profesional extranjero que desee acogerse a esta autorización como la empresa contratante, deberán cumplir principalmente con lo siguiente, especialmente dirigido a ciudadanos no comunitarios que buscan trabajar en España: 

  • El profesional debe aportar los certificados oficiales que acrediten que posee la titulación profesional homologada. 
  • Documentación acreditativa de la empresa o entidad solicitante. 
  • Contrato de trabajo que demuestre la relación laboral, especificando la duración de esta, y que deberá cumplir con unas características concretas. 
  • Acreditar que el puesto de trabajo que va a desarrollar el profesional es de alta cualificación. 
  • Pasaporte en vigor. 
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