¿Puedo aplicar la Ley de Memoria Democrática como nieto o bisnieto?  

Como NIETO, sí puede a través  del ANEXO I 

A) Las personas cuyo padre o madre, abuelo o abuela hubiese sido originariamente español podrán optar a la nacionalidad española de origen.  

B) Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre. 

Como BISNIETO, tendrá que esperar a que su padre/madre obtenga la nacionalidad y si aún está vigente la Ley de Memoria Democrática aplicar por el ANEXO III

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