La reforma crea un régimen del familiar de persona ciudadana española que quiere mantener en España a su unidad familiar.
La principal novedad es que para cónyuges, parejas de hecho, ascendientes mayores de 65 años y descendientes menores de 21 años no será necesario tener recursos económicos. Otra posibilidad es la inclusión como solicitante de la persona que da apoyo a una persona con discapacidad de nacionalidad española para el ejercicio de su capacidad jurídica, siempre que la persona solicitante la tenga a cargo y conviva con ella.