¿Quién puede hacer la solicitud?

  • Visado: La presentación de la solicitud del visado nacional de entrada debe realizarla la propia persona extranjera. Solo excepcionalmente, y por motivos justificados, el consulado competente podrá permitir que la solicitud se presente mediante representante debidamente acreditado.
  • Autorización: La entidad (universidad, entidad empresarial, centro de I+D+i u organismo de investigación).
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