¿Y en caso de que el ciudadano de la UE con el que mantengo el vínculo fallezca?  

En situaciones como esta, el ciudadano no europeo será quien deba presentar el certificado de defunción y el derecho a su tarjeta comunitaria no se vería afectado, siempre y cuando ya estuviera residiendo en España con dicha tarjeta antes de que se produjera el fallecimiento. 

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