Estancia por Estudios

Sus tramites en buenas manos

Estancia por estudios:

La Autorización de Estancia por Estudios es una autorización que habilita a permanecer en España por un período superior a noventa días para la realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios..

Dirigida a:

Ciudadanos de países no pertenecientes a la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza que deseen cursar estudios en territorio español por un período superior a 90 días.

Requisitos generales:

  • Tener más de 18 años.
  • Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
  • Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, que en este año asciende a 600 euros, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia, que en este caso debes acreditar que dispones del 50% del IPREM.
  • Para el sostenimiento de sus familiares, mensualmente, el 75% del IPREM para el primer familiar (450 euros) y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas (300 euros), salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.
  •  Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

Duración:

La estancia por estudios tendrá una validez de un año salvo si realizas estudios superiores donde la validez de la autorización coincidirá con la duración total de los estudios.

Permite reagrupar a familiares?

Sí. 

Computa para nacionalidad española?

No. 

* Los requisitos podrán variar dependiendo del caso.

Existen dos vías: 

• Visado desde fuera de España: para aquellos extranjeros (si es menor de edad deberá tener una autorización debidamente acreditada) que estando en su país de origen, vayan a realizar sus estudios en territorio español.

• Estancia desde España: si estás dentro de territorio español y siempre que te encuentres dentro de los 60 días de la llegada a Europa, es decir, un mes antes de que caduque tu estancia como turista.

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Preguntas Frecuentes

Un visado de estudiante es un tipo de permiso de residencia temporal que permite a ciudadanos de fuera de la Unión Europea estudiar en instituciones educativas en España y vivir en el país durante la duración de sus estudios. 

 Esto abarca programas como grados universitarios, másters, posgrados y doctorados. Es importante señalar que este visado no equivale a un permiso de residencia permanente y está reservado exclusivamente para ciudadanos no europeos. 

Este visado permite a los estudiantes trabajar hasta 30 horas por semana durante sus estudios. 

La respuesta es sí, ya que la ley de extranjería en España permite que puedas solicitar tu permiso de estudiante mientras te encuentres en el país con un visado de turista. 

Forma Torna amunt

Debes tener en cuenta que tienes que hacerlo dentro de los 90 días previos al inicio  de tus estudios y no menos de 30 días antes. 

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