¿Puedo traer a mi familia conmigo para la Residencia para emprendedores y emprendedoras y actividad empresarial ? 

Sí. Tus familiares pueden acompañarte en tu desplazamiento y, en cualquier momento, podrán solicitar la autorización, de forma conjunta o a posteriori. Esta condición es aplicable a: 

  • Cónyuge o pareja de hecho 
  • Hijos e hijas del titular, o del cónyuge o pareja, menores de edad o mayores que, dependiendo económicamente del titular o de su cónyuge o pareja, no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar 
  • Ascendientes a cargo en primer grado del titular o de su cónyuge o pareja
¿Necesitas ayuda?