Los investigadores extranjeros cuya permanencia en España tenga como fin único o principal realizar proyectos de investigación, en el marco de un convenio de acogida firmado con un organismo de investigación.
La duración de la autorización inicial será la de la duración del proyecto de investigación, siempre superior a 3 meses y, como máximo, de 5 años.
IMPORTANTE: Los extranjeros que vayan a realizar actividades de investigación o formación de carácter no laboral no tendrán que solicitar esta autorización, sino un visado de estudios.