Si la empresa tiene sucursal en España ¿Puedo afiliarlos a la seguridad sociala través de dicha empresa o importar el derecho a la seguridad social desdepaíses con convenio basándolo en dicho traslado?

En ese caso no se considerarían teletrabajadores sino trabajadores trasladados entre compañías o ICT (Intra Company Transfer) estando regidos por dicha figura y sus requisitos específicos.

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