El Real Decreto 1155/2024, que actualiza el Reglamento de Extranjería, introduce reformas fundamentales que adaptan la normativa migratoria española a las realidades sociales, demográficas y económicas actuales, así como a las exigencias del mercado laboral y la protección de derechos. A continuación, te presentamos un resumen de los aspectos más relevantes de esta actualización, estructurado para facilitar su comprensión.
1. Nuevas modalidades de visados y requisitos
El nuevo reglamento amplía y flexibiliza las categorías de visados con el objetivo de atraer talento, facilitar la movilidad y agilizar la entrada legal a España:
- Visado de corta duración: Hasta 90 días, manteniendo las condiciones actuales para turismo, negocios y trámites cortos.
- Visado de larga duración: Para estancias superiores a 90 días, con modalidades ampliadas para estudios, trabajo y reagrupación familiar.
- Visado de tránsito aeroportuario: Simplificación para viajeros que transitan por territorio español sin entrar al país.
- Visado para búsqueda de empleo y emprendimiento: Orientado a profesionales cualificados en sectores con alta demanda, como tecnología, salud y educación. Se extiende también a descendientes de españoles de origen, facilitando su inserción laboral.
Se elimina la exigencia de múltiples prórrogas para la conversión de estancia por estudios en permiso de trabajo, impulsando así la retención de talento y favoreciendo la movilidad educativa y profesional.
Respecto a los familiares de españoles y ciudadanos comunitarios, se mantienen los requisitos para acreditar dependencia económica, pero con procedimientos simplificados, admitiendo medios electrónicos, declaraciones juradas y documentación alternativa. Se amplía la edad límite para que los hijos acrediten dependencia económica de 21 a 26 años, y para los padres, se eleva el umbral hasta los 80 años para no requerir prueba de dependencia, siempre que estén efectivamente “a cargo” del solicitante.
2. Reformas en permisos por arraigo
El arraigo continúa siendo una vía esencial para la regularización de personas en situación irregular, con nuevas modalidades y condiciones más flexibles:
- Arraigo social: Se reduce el tiempo de estancia requerido para solicitarlo, de 3 a 2 años continuados de residencia en España.
- Arraigo socioformativo: Sustituye al anterior arraigo para formación. Permite compatibilizar la formación con un contrato de trabajo de hasta 30 horas semanales, facilitando la integración laboral durante el periodo formativo.
- Arraigo sociolaboral: Requiere precontrato de al menos 20 horas semanales, flexibilizando las condiciones para acceder al permiso.
- Arraigo familiar: Dirigido a padres o madres de hijos españoles, con requisitos actualizados en cuanto a la acreditación de dependencia económica y convivencia.
- Arraigo de segunda oportunidad: Nueva modalidad que permite regularizar a quienes hayan perdido la residencia legal en los últimos dos años, ofreciendo una vía de reinserción.
3. Protección a colectivos vulnerables
El Reglamento refuerza la protección a víctimas de violencia de género y trata de seres humanos, garantizando el acceso directo a permisos de residencia y trabajo para las víctimas y ampliando dicha protección a familiares directos, incluidos hijos y progenitores. Se promueve una respuesta administrativa ágil, garantizando los derechos fundamentales y evitando situaciones de explotación o desprotección.
4. Mejoras en la tramitación administrativa
La digitalización es uno de los ejes principales de la reforma:
- Se amplía la posibilidad de realizar trámites íntegramente online, incluyendo solicitudes, presentación de documentación y notificaciones.
- Se estandarizan y unifican los criterios administrativos para evitar discrepancias entre oficinas y garantizar la seguridad jurídica.
- Se implementan notificaciones electrónicas obligatorias para evitar retrasos y mejorar la comunicación con los solicitantes.
- Se eliminan ambigüedades en la documentación requerida, simplificando y aclarando los requisitos.
5. Movilidad internacional y retorno voluntario
- Se facilita la movilidad dentro del Espacio Schengen para familiares de residentes de larga duración, que podrán trasladarse sin necesidad de obtener un nuevo visado.
- Se reconoce el derecho a recuperar la autorización de residencia en España a quienes hayan tenido residencia de larga duración y regresen en un plazo máximo de dos años tras su salida del país, simplificando trámites y condiciones.
6. Cambios en el cómputo del tiempo como solicitante de protección internacional
A partir de esta reforma, el tiempo transcurrido como solicitante de protección internacional no se computará para los permisos de arraigo. Solo se considerará el tiempo a partir de la denegación firme de la solicitud de protección, lo que limita las opciones para quienes se encuentren en esta situación.
7. Período transitorio y adaptación
- Las solicitudes presentadas con anterioridad al 20 de mayo de 2025 se tramitarán conforme a la normativa vigente hasta ese momento, salvo que el solicitante decida acogerse expresamente al nuevo Reglamento.
- Las autorizaciones vigentes mantendrán su validez hasta su fecha de vencimiento sin obligación de adaptación inmediata.
- Se establece un permiso excepcional de arraigo, que podrá solicitarse hasta mayo de 2026, para personas en situación irregular con resolución negativa firme anterior a mayo de 2025, bajo condiciones específicas.
Conclusión
El Reglamento de Extranjería 2025 representa un avance sustancial en la modernización del sistema migratorio español, promoviendo una mayor flexibilidad, agilidad administrativa y protección de derechos. La apuesta por la digitalización, la ampliación de modalidades de visado y la mejora en los procedimientos de regularización apuntan a un modelo más adaptado a las necesidades actuales de España en materia de inmigración, empleo, formación y cohesión social.